( )
1/8/2010
 
Actualidad educativa
Punto de vista
A pie de aula
Monográficos
Archivo (selección)
Noticias de internet
Visto en la red
Para leer (recomendac.)
Agenda (biología)
Propuestas didácticas
Programaciones
Dificultades de aprendizaje
Recursos para la tutoría
Educación en valores
Selectividad
Explora la ciencia
Asesor legal
Asesor informático
Viajes para profesores
Ofertas de trabajo
Colabora con nosotros
Boletín Profes.net
Postales para enviar
Metabuscador
Diccionario en línea
Un recorrido por los parques arqueológicos de España
Jorge Jiménez de Domingo
Los parques arqueológicos en España son un ejemplo de conservación y del futuro del legado histórico. Profes.net ofrece un completo recorrido por los más importantes.

España es un país rico en cuanto al legado arqueológico que han dejado diferentes culturas a lo largo de la historia. Prácticamente todas las comunidades autónomas cuentan con restos de mayor o menor importancia, restos que merecen un especial cuidado en su conservación, estudio y divulgación. Fruto de esta preocupación son las diferentes propuestas que han venido apareciendo en los últimos años para dotar a zonas concretas de una consideración especial, al amparo de una legislación que otorga a los gobiernos autonómicos plenos poderes para ello.

La comunidad de Castilla-La Mancha es, hoy día, pionera en este tipo de acciones con su Red de Parques Arqueológicos; sin embargo, en la actualidad hay muchas otras comunidades trabajando en este terreno (caso del futuro Parque Arqueológico de la Puerta de Gibraltar, en Algeciraso; la Rede Galega do Patrimonio Arqueolóxico (RGPA) con sus cuatro parques arqueológicos: mundo Romano en Lugo, cultura castreña en Ourense, arte rupestre en Pontevedra, y megalitismo en A Coruña, que se espera tener operativa para 2010), al igual que llaman la atención otro tipo de asociaciones como Arquetour (Asociación de Turismo Arqueológico) o la Sociedad Española de Arqueología Virtual (S.E.A.V.), una asociación de profesionales de todos los ámbitos que vuelcan su interés en la aportación de las modernas herramientas virtuales en el campo de la arqueología. Este tipo de grupos y acciones pone de manifiesto la importancia que tiene en la sociedad moderna el estudio de la historia a través de la arqueología y, por encima de todo, su conservación.

Una zona arqueológica, además de histórica, es un lugar de estudio, pero también un núcleo turístico. Millones de personas trazan sus viajes vacacionales siguiendo una ruta con la que colmar sus intereses culturales y conocer el pasado in situ; tampoco debemos ignorar la enorme cantidad de valores que tiene en la educación la visita y el conocimiento de este tipo de enclaves. Comprender la Historia en su escenario real, en lugares en donde ocurrieron hechos que condicionaron el futuro, imaginar cómo eran las antiguas construcciones, por qué se edificaron en un sitio determinado y no en otro, o conocer sus entornos, son vivencias apasionantes difíciles de olvidar y altamente recomendables. Reencontrarse con los hombres del pasado es acercarse aún más a los seres humanos del presente. Sin duda, los Parques Arqueológicos son una medio alternativo y muy aconsejable de ocio cultural, y merecen un cuidado especial por los estados y todos los ciudadanos del mundo.

El modelo de parque arqueológico

Además de fomentar el turismo, un parque arqueológico es una figura especial de protección que se preocupa de la correcta conservación de los hallazgos, así como de promover nuevas prospecciones que completen el patrimonio arqueológico. En definitiva, es una vía económica en la que hay un flujo monetario: dinero del turismo que ha de revertirse en su organización y mantenimiento, una vía de explotación y otra de salvaguardia, y más allá de una cierta rentabilidad económica existe una segunda rentabilidad: la social. En este sentido, es una apuesta importante de las consejerías de Educación y Cultura, pero para que una zona determinada llegue a tener esta consideración se deben reunir, aparte de la presencia de bienes de interés cultural destacables según la legislación vigente, unas condiciones museísticas y medioambientales adecuadas.

La idea nace en la ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; un concepto que adquirió más notoriedad al año siguiente, en 1986, cuando la Dirección General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura incluyó en sus proyectos de inversión al denominado Plan Nacional de Parques Arqueológicos. La iniciativa pretendía servir de empuje para que las comunidades autónomas acometieran el desarrollo efectivo de estos parques arqueológicos, con su consiguiente respaldo económico.

Paradójicamente, esta disposición descentralizadora respecto al impulso del Patrimonio Español es a la vez un foco de conflictos en la medida en que, al no existir una definición estatal cerrada de la figura de “parque arqueológico”, cada gobierno autonómico la amolda según sus circunstancias e intereses, sin un acuerdo global sobre su contenido, y con casos como el Parque Arqueológico Municipal Gonzalo Arteaga, en Pinto (Madrid), que pretende acercar al visitante la vida en la prehistoria y en el mundo romano y visigodo a través de recreaciones de escenas de las distintas épocas, o la singularidad del Parque Arqueológico de las Médulas, en León, articulado en torno a un paisaje cultural en vez de a unos yacimientos arqueológicos entendidos como ruinas de edificios o monumentos histórico-artísticos.

Actualmente existe la figura de los parques arqueológicos en varias comunidades autónomas, con ejemplos en Cantabria, Canarias, Murcia, Madrid o Castilla y León, y en particular Castilla-La Mancha, pionera al incluir estos espacios en su ley de 1990 (la primera ley autonómica aprobada al respecto tras la estatal de 1985), y en su trabajo para la creación de una Red de Parques Arqueológicos. Esta comunidad presentó además la ley 4/2001, de 10 de mayo, de Parques Arqueológicos en Castilla-La Mancha para la coordinación, rescate y protección en su ámbito cultural y natural.

Un poco de historia sobre la legislación española

Esta ley consagra una nueva definición de Patrimonio Histórico y amplía notablemente su extensión. En ella quedan comprendidos los bienes muebles e inmuebles que los constituyen, el patrimonio arqueológico y el etnográfico, los museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal, así como el patrimonio documental y bibliográfico. Busca, en suma, asegurar la protección y fomentar la cultura material de vida a la acción del hombre en sentido amplio, y concibe aquella como un conjunto de bienes que en sí mismos han de ser apreciados, sin establecer limitaciones derivadas de su propiedad, uso, antigüedad o valor económico.” (Preámbulo a la Ley 16/1985 por Juan Carlos I, rey de España.)

Fue con la Ilustración, en el siglo XVIII, cuando aparecieron en España las primeras disposiciones legales sobre el patrimonio cultural del Estado; recordemos que es una época en la que hay una especial sensibilidad hacia la cultura y la historia, y en la que aparecen la Real Academia de Historia y la Real Academia de Bellas artes, en 1738 y 1752 respectivamente. Diversos decretos, normas y ordenanzas (algunas de las cuales estuvieron vigentes hasta la actual ley de 1985) se sucedieron en el tiempo hasta la plasmación, en la Constitución republicana de 1931, de la primera referencia al Patrimonio Histórico.



En 1985 llegó la denominada Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, de 25 de junio, todavía matizada por Real Decreto en 1994, cuya finalidad es proteger ampliamente todos los bienes culturales de España, en la férrea convicción de que la cultura es un derecho público que tiene que llegar al grueso de los ciudadanos por igual. En ella ya se mencionaba el patrimonio arqueológico y el dominio público de todos los objetos hallados por excavación arqueológica. Más adelante, se optó por transferir a las comunidades autónomas, entre otras competencias, las relativas a la gestión del Patrimonio Histórico y Cultural, facilitando la adaptación y las complementaciones necesarias según sus necesidades particulares. De esta forma, sobre todo en la última década del siglo XX, se publicaron diferentes leyes autonómicas, preceptos que, con el paso del tiempo y la consiguiente evolución y desarrollo social, han dado paso a unas nuevas circunstancias y la consiguiente necesidad de un reglamento que asimile estos cambios.

Antes de concluir no está de más recordar los monumentos, paisajes naturales y entornos declarados Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en territorio español, el segundo país del mundo con mayor número, por detrás de Italia. Son en total cuarenta, treinta y cinco bienes culturales, tres naturales y dos mixtos:

• la Alambra, el Generalife y el Albaicín de Granada
• el centro histórico de Córdoba
• la Catedral, el Alcázar y el Archivo de Indias de Sevilla
• el Parque Nacional de Doñana
• el arte rupestre del arco mediterráneo de la Península Ibérica
• los conjuntos de Úbeda y Baeza
• la arquitectura mudéjar de Aragón
• el camino de Santiago
• el conjunto de Los Pirineos y Monte Perdido
• la cueva de Altamira, y su ampliación el año pasado junto con el arte rupestre paleolítico del Norte de España
• los monumentos de Oviedo y el Reino de Asturias
• Ibiza, biodiversidad y cultura
• el Parque Nacional de Garajonay en las islas Canarias
• San Cristóbal de la Laguna
• el Parque Nacional del Teide
• la ciudad de Toledo
• Cuenca
• la catedral de Burgos
• el casco antiguo de Ávila y sus iglesias extramuros
• el casco antiguo de Segovia y su acueducto
• el casco antiguo de Salamanca
• las Médulas
• Atapuerca
• las obras de Gaudí
• el monasterio de Poblet
• el Palacio de la Música Catalana
• el hospital de Sant Pau en Barcelona
• el conjunto arqueológico de Tarraco
• las iglesias románicas del valle del Bohí
• la lonja de Valencia
• el palmeral de Elche
• el casco antiguo de Cáceres
• el conjunto arqueológico de Mérida
• el Real Monasterio de Santa María de Guadalupe
• el casco antiguo de Santiago de Compostela
• la muralla romana de Lugo
• los monasterios de San Millán de Suso y de Yuso
• el monasterio y sitio de El Escorial
• la Universidad y el casco histórico de Alcalá de Henares
• los Reales Sitios de Aranjuez
• el puente de Vizcaya

Propuestas de parques arqueológicos
A continuación, en Profes.net ofrecemos una serie propuestas didácticas con información detallada sobre los parques arqueológicos más importantes de España, sus características especiales, los enlaces a sus web y los datos necesarios para que podáis organizar una excursión y visitarlas:
Alarcos.
Carranque.
Recópilis.
Segóbriga.
Tolmo.
Las Médulas.
Atapuerca.
Altamira.
Dinópolis.
Arqueopinto.
Cueva Pintada.
Campa Torres.


Enlaces de interés

B.O.E. con la normativa del 10 de mayo de 2001 sobre Parques Arqueológicos de Castilla-La Mancha.
• Página oficial del S.E.A.V. Sociedad Española de Arqueología Virtual.
• Página oficial de Arqueotur.
B.O.E. con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
Foro: ¿Vida artificial?
Foros  
¡Que alguien me ayude!
Mensajes entre profes
De segunda mano
¡Gracias profe!
Perlas cultivadas
Hoy NO es noticia...
Reforma educativa
Unidades didácticas interactivas de Biología y Geología
La voz de la ciencia. Grandes biólogos y geólogos hablan para Profes.net